jueves 13 de marzo de 2008


DEMANDAS DE EL BIERZO ANTE LAS CORTES CASTELLANAS EN 1657


Por Xabier Lago Mestre.


Sólo algunas ciudades de la Corona de Castilla tenían representación en Cortes por privilegio real. La ciudad de León representaba a tres territorios vecinos, a saber, Principado de Asturias, Provincia de El Bierzo y Partido de León. Los procuradores leoneses eran elegidos dentro del regimiento capitalino, por supuesto defendían los intereses de la élite aristocrática, de la cul formaban parte, y en segundo lugar los intereses de los citados territorios. Pero las relaciones entre los representados (villas y lugares) y los representantes nunca fueron fluidas ni coordinadas, por lo que las tres zonas raramente acudían con sus peticiones a sus procuradores capitalinos.
Hemos encontrado un documento que hace mención a una demanda de la villa de Ponferrada, por mor de la excesiva imposición fiscal realenga, tramitada ante las Cortes castellanas en el año 1657. La queja berciana se refiere al cobro en la citada villa y su partido del “antiguo y nuevo impuesto de quatro reales de cada caveça de ganado (…)”. Ponferrada, cabeza de partido y provincia de El Bierzo, acude con esta pretensión al Rey que emite el correspondiente Decreto, y posteriormente se fija la consulta de la Comisión de millones del Reino.
La villa de Ponferrada y los lugares de su partido alegan para “no pagar los quatro reales en cada caveça de ganado, que se impusieron para la paga del servicio de 24 ducados del que se matase en casas particulares (…)” que la merindad de Aguiar, Couto de Valboa y Valcarce “que son del partido de Ponferrada, se le dio provisión relevándoles de su paga (…)”. Sin embargo, el comisario de millones de la citada villa trataba de cobrar en ella y en los lugares de su partido “los quatro reales del impuesto antiguo y los otros quatro reales más que nuevamente se impusieron para la paga del millón y medio de ducados de los tres con que el Reyno servía a Vuestra Magestad en las presentes Cortes (…)”
Así mismo, Ponferrada dice que si “se cobrasen esos dos impuestos se despoblarían los lugares de aquel partido, porque el ganado de aquella tierra no es capaz de poderlos pagar respecto al corto valor que tienen (…)”, ya “que la mayor parte de este ganado lo crían los pobres para su gasto (…)”, por eso se pide “que en aquella villa y su partido no se cobrasen los dichos dos impuestos de cada caveça de ganado que se matase en casas particulares (…)”. Además, El Bierzo pide un trato fiscal igualitario al recibido por otros territorios vecinos, es decir, “haciéndose lo mismo en Ponferrada que se hacía en Oviedo y en Galicia (…)”.
La villa de Ponferrada alega en su defensa el contenido del Memorial que presentó el Reino de Galicia a su Majestad real en 1640, el cual refería “la imposibilidad en que se allava de pagar los quatro reales que entonces se impusieron sobre cada caveça de ganado (…)”. La consecuencia de esto fue que la Provisión de marzo de 1641 permitió “que no se cobrase en Galicia el impuesto de quatro reales en cada caveça de ganado (…)”. Así pues, El Bierzo demuestra conocer la política reivindicativa utilizada por Galicia anteriormente y sigue su ejemplo.
Ponferrada también trae a colación en sus alegaciones el caso del Principado de Asturias que, continuando la estela reclamativa gallega, “pidió se le hiciese la misma gracia que en aquel Principado concurrían las mismas y mayores raçones por ello (…)”. El Principado logró su objetivo fiscal por provisión de julio de 1645. Posteriormente los concejos de la merindad de Aguiar da Lastra y de la jurisdicción de Valcarce y Valboa piden lo mismo “por ser ynclusos en la thesoreria de Oviedo como por asistirlos por ello las mismas causas (…)”. Esta demanda de los concejos de El Bierzo occidental tuvo sus frutos con las provisiones de 1646 “para que estos concejos y lugares no se cobrase este derecho (…)”.
El Bierzo, en defensa de sus intereses regionales, demuestra conocer bien lo que hicieron anteriormente los dichos territorios vecinos y recurre a demandar el mismo trato fiscal para con Galicia y Asturias, por sus similitudes territoriales y económicos. Curioso resulta comprobar cómo la merindad de Aguiar y las jurisdicciones de Valcarce y Valboa se adelantaron en el tiempo con sus demandas respecto de las realizadas por la villa de Ponferrada una década después. Aguiar, Valcarce e Valboa pertenecen al Marquesado de Villafranca, mientras que la villa de Ponferrada es de la Corona. La dicotomía señorial/realengo es clara, por eso la falta de unidad de acción en la defensa de los intereses bercianos. A pesar de ello resulta que Ponferrada trata de representar los intereses económicos del partido-provincia de El Bierzo ante las Cortes castellanas.
La Comisión de los millones de las Cortes determina en su consulta que se cobrase por el ganado mayor (vacuno) los cuatro reales “de todo lo que se matase en casas particulares (…)”, y que en cuanto al ganado menor, “se cobrase el derecho de quatro reales de todo el que se matase para vender cargando en el precio que corresponde, dejando libre a los vecinos, lo demás que fuese para cecinas del gasto de sus casas (…)”. La Comisión reconoce “que las causas porque se hiço esta gracia al Reyno de Galicia y demás lugares referidos de la provincia de León son los mismos que se vale la provincia de Ponferrada ”, y por lo tanto, “es de parecer se podría executar en ella y en los lugares de su partido lo mismo que se está mandado se haga con el Reyno de Galicia (…)”. Opinión que finalmente fue compartida por las propias Cortes castellanas.
O Bierzo, marzo de 2008.

miércoles 5 de marzo de 2008

HOSPITAL DE VILLABLINO

Denuncia de CQC ( Va un año, marzo 2007)

miércoles 20 de febrero de 2008

LA GRAN VERGÜENZA
TREINTA AÑOS PARA RESOLVER UN EXPEDIENTE BIC
(BIEN DE INTERÉS CULTURAL)

Por Javier Martínez
(Secretario de cultura y patrimonio del Partido de El Bierzo)

La actitud mostrada por el PP en las cortes regionales en el día de ayer (lunes 18 de febrero 2008) oponiéndose y rechazando la Proposición No de Ley del PSOE por la que se instaba a concluir los expedientes BIC es vergonzosa. Extendemos está triste calificación al supuesto representante berciano y alcalde de Toreno Pedro Muñoz, que pretendía escudar su indefendible postura en que la burocracia no está a la altura de las nuevas tecnologías, una de las excusas más burdas que hemos tenido la desgracia de oír por parte de una persona que olvida quien le ha elegido, el pueblo berciano, y se pone al servicio de los intereses de su partido, que por lo visto no son coincidentes con el interés general.
Gracias a este señor, a sus antecesores en los cargos de diputado autonómico, y a su partido muchos de esos expedientes llevan más de 30 años durmiendo el sueño de los justos y ahora su desprotección es plena por obra y gracia de estos señores dueños de palabras grandilocuentes, faltos de vergüenza y de respeto por el pueblo y la cultura que dicen administrar.
Le recordamos que gracias a ellos, mucho de nuestro patrimonio, como los canales romanos de la región berciana o iglesias como San Nicolás el Real en Villafranca del Bierzo quedaran desprotegidas por el inexcusable hecho de que son tan inútiles que en 30 años no han sido capaces de resolver un expediente.
Vergonzoso.

lunes 14 de enero de 2008

O Foro de Vilafranca do Bierzo do ano 1192

Artículo-colaboración de Xabier Lago Mestre.
(Traducción al castellano más abajo)
Resulta de interese salientar o noso dereito local medieval. Neste caso traemos a colación o Foro de Vilafranca, dado polo rei Afonso IX a esta vila berciana en 1192. O texto conservado foi verquido ao romance, na lingua galega do Bierzo, durante o reinado de Afonso X, porque o texto orixinario de seguro que fora en latín. Sen dúbida a traslación ao galego se fixo para a mellor comprensión do texto polos poboadores de Vilafranca que descoñecían a lingua culta latina. Dicir tamén que a carta foral se elaborou en Benavente, e ten data de 1 de febrero do citado ano de 1192. Amosamos a seguir o texto completo foro de Vilafranca do Bierzo.
Resulta de interés destacar nuestro derecho local medieval. En este caso traemos a colación el Foro de Villafranca, dado por el rey Alfonso IX la esta villa berciana en 1192. El texto conservado fue traducido al romance, en la lengua gallega del Bierzo, durante el reinado de Alfonso X, porque el texto original a fe que que había sido en latín. Sin duda la traducción al gallego se fijo para la mejor comprensión del texto por los pobladores de Villafranca que desconocían la lengua culta latina. Decir también que la carta foral se elaboró en Benavente, y tiene fecha de 1 de febrero del citado año de 1192. Mostramos a continuación el texto completo. O foro de Vilafranca do Bierzo

“En el nome de nuestro sennor Jesu Christo, amen. El bono rey y catholigo e a toda a súa pobracion, tales foros e tales costumes el dereito de toda justicia dar y por siempre confirmar, que aquela pobracion en bondad de todo su conçello y en valor entre otras bellas pobraciones por todo el reino acreçentamento seyua, y os maos en su soberbia reprima y os soberuiosos en sua maldade confonda, assi que en toda gloria y honrra de sou reyno fielmente a el y a toda sua succesion seu servicio represente. E dipois que todo esto con sus pobradores el rey catholigo ordinar, sempre será firme y valedeyro, e en despois en los foros que lles deren nunca os pobradores seguirá menguamento, et quequier estableçido for sempre per depois ficaraescrito en memoria y será guardado. Por todas estas causas eu rey don Alfonso de Leon, en sembra con mia muller a reina donna Tereixa, a vos los pobladores de Villafranca, assi a os que agora son como a os que depois han de venir, y a toda vosa generaçion faço carta de mios foros para sempre valedeyra, assi que según aquestos foros bonos y os outros, os quaes de mi por la gracia de Deus y por los vuestros bonos meritos ganastes, vos todos os pobradores de Villafranca e fillos y netos con mansidume, y os maos y os soberuiosos en todas maneiras constringades y castiguedes a los bonos enxaltedes.

1. Primeramente dou y otorgo que todo probador de vostra villa vengue todas suas heredades, u quier que as aya y as tenna, con las casas de nostra villa.

2. Outrosi, que todos os pobradores de Villafranca non den portazgo eno alfoiz nen en termino de vostra villa, non de fonsadeyro, nen ayuda non paguen a nengun príncipe nenguna cosa, si non al rey y a otro príncipe que tover la villa.

3. Outrosi, que tras los vostros términos y alfoçes de Villafranca negun vezino non mate a otro sou vecino aynda que sea sou enemigo, y se o matare el matador seya soterrado so el morto. Nengun merino, non mayordomo, no sea ousado de embargar nen de prender por neguna calunna en Villafranca sen voz dada dalguen, salvo ende por homicidio e por rouso.

4. Todos los que moraren en Villafranca y ouberen casa, por nenguna calunna que fagan non den fiador si non en çinquenta sueldos y por estos çinquienta sueldos courran sou dereyto.

5. Nengun merino no entre en casa de nengun vecino por nenguna calunna, y entrare que moyra sin calunna.

6. E se algún geor o seruo non conoçido vener a Villafranca para y probar non sea tirado da villa, et se por ventura alguem vener o prouar por homes verdadeyros por sou conoçido que le entreguen a sou donno.

7. Quen guiser morar en Villafranca faça foro con os outros vecinos, mas seo non guiser façer, more y trinta días vendendo y comprando mais non aderallo, e si mais y morar, quenquier que o en su casa coller peyte sesenta sueldos, a terça al rey, a terça au conçello y a terça aos alcaldes.

8. Se algún mayordomo embargar algún vezino reciua dereito por los alcaldes da villa, y no lleue a outro lugar, el mayordomo faga enquisa de dia con los pobradores da villa y salga de noyte.

9. Todos os que moraren en os términos de Villafranca y por todo seu alfoz, por las demandas que ouberen vennan a Villafranca y ayan y juiço, y si entre si no se acordaren veñan a juiço do rey.

10. Todos los rauerneyros y panadeyros y carneceyros vendan assi a todo o conçello y alcaydes a prouguer.

11. Se algún chagar a otro y o chagado der a voz ao sayon, aquel que chagar con pedra, ou con porra, ou con cuítelo, ou con espada, ou con lanza, ou en outra maneyra, peyte veinte marauedis se os poder haber, ou se non que lle corten a mano con que lle ferir, y daquelles marauedis fagan tres partes, una parte den al rey, y otra a os alcaldes y outra ao conçello; y quando ferir con mano o con punno peyte çinquenta sueldos, y pártanlos como sobre dicho he. E se por ventura el ferido morer o feridor sea soterrado so el muerto; e se muller ouber aya ela todo o seu patrimonio, y aquello mais debe haber de dereyto sen el marido, e das outras cousas que con sou marido ganar denlle a meatade y da outra meatade fagan duas partes se fillos ouber y una meatade den aos fillos, y outra den al rey y ao conçello y a os alcaldes la outra; e se fillos non ouber aquel que so el morto for soterrado el rey y el conçello y alcaldes ayan toda a sua metade del y pártanla segud o sobre dicho he.

12. E se algún o algún ouer de ser justiçado, el merino vaya primero y chame a os alcaldes, y os alcaldes chamen todo el conçello, y assi será justiçado.

13. E se algún home o muller entrar en vinna ou en eyro alleo por façer mal fora ou dentro, peyte veinte sueldos a aquel a quien fizer el daño.

14. E se algún echar de noyte ladron en sua casa feyro o ben y despois deo ao señorio da villa, e sel señorio da villa non quiser tomar o ladron deyxeo sin calunna.

15. E se algún de fora desafiado for de algún vezino non entre en os términos da villa sen tregua, y se y entrar moyra sen calunna y nengun no lo colla en sua casa, y se o y coller peyte sessenta sueldos y de todo en todo ayude al vezino.

16. Muller que morar en Villafranca non será presa nen enfiada sen seo marido.

17. Se algún o mayor mercado que se faz una vez en la semana con cuchielo sacado, ou con espada, ou con lanza, ou con alguna outra arma andubier ao mercado, peyte sessenta sueldos.

18. Se algún for prouado por falsa testimoña, peyte sessenta sueldos y partantlos en tres partes assi como dicho es; y el desque o falso testimonio dier que quier que outro por lo sou testimonnio perder entreguello todo y a sua casa será testuida, y dali en adelante en testimonio nunca será reçebido.

19. Los alcaldes non fagan fazendeyra, nen serán recebidos en fiadoria. Los corredores, o pregoneyros y el escriuian do concello no fagan fazendeyra.

20. Se dous entre si contenda oubieren y metieren pesquisidores, faganlo por buena verdade y sen mao enganno en esta maneyra; que se os contentores foren en todo el alfoz atro nove días, e se foran fora de todo o alfoz do sou termino a sua venida paquen los qqubere a contenta ed se o pesqueridor por revolta para el pleito peyte a demanda y desien deante no faga pesquisa.

21. Nengun vezino de Villafranca non reciba possadeyro en sua casa sen sua voluntade y sen seo plaçcer.

22. Todos los pobradores de Villafranca que ouberen y cassas, un foro ayan, y os outros no fagan sou foro.

23. El merino de Villafranca no embargue ao mercado da casa de seo hospeder mais demande el suo dereyto en paz.

24. Todo aquel que for en romeria a Jerusalem non faga foro por un anno.

25. Muller o quen transir el merido non faga foro per un anno.

26. Des aque adeyante doubos y otorgobos todos vosos exidos, assi como los ouberon vosotros anteçesores en tiempo de meo abolo el emperador y de meo padre el rey don Fernando, assi que vos en paz vos ayades; ed se algún vo los queser toller ou contrariar y morto for, sea sen caluña. Se algún sobre aquesto a vos mal fazer mia yra aya y a mi mil maravedís en pena peyte.

27. Ed porque todos los bonos foros por que Villafranca mais vala en esta carta non pude comprehender, confirmo a vos que siempre os debemos mais avalar y acrecentamento de vosa villa ca a minguamento”.

sábado 8 de diciembre de 2007


NO HUBO ATAQUE A LA IGLESIA DE SAN ESTEBAN EN CORULLÓN



(Foto 1ª: año 1995. Foto 2ª: año 2007, hace pocos días, después de la denuncia)

Una persona que quiere permanecer en el anonimato nos pide que publiquemos la siguiente noticia:
En Diario de León, hace unas semanas, en la sección de Cultura, hemos podido leer una noticia sobre una información facilitada por la Asociación Cultural Pro-monumenta en la que se informa de un atentado patrimonial en la Iglesia de San Esteban de Corullón, afirmando en el mismo, que "aprovecharon la noche para realizarlo".
No he podido constatar cuales son los daños referidos (supongo que en la portada, ya que dicen que fue por la noche) lo único un capitel de la portada que está en una de sus esquinas desconchado pero que ya estaba deteriorado desde hace años (la foto que adjunto es del año 1995), cierto que está un poco más deteriorado, pero dudo mucho que haya sido por ningún golpe.

Por otro lado, nadie en el pueblo tuvo conocimiento de estos hechos en fechas cercanas, ni hay denuncia presentada, es por ello que no sabemos que información maneja la citada asociación para afirmar que fue de noche y que fue realizada por unos gamberros.

Está información que han publicado en el Diario, ha causado cierta alarma en el pueblo y de ser cierta está justificada, pero de no serlo parece, cuando menos, una irresponsabilidad hacer afirmaciones sin comprobarlas, que pueden restar credibilidad a otras denuncias sobre actos destructivos que, por desgracia,si que son habituales en nuestro patrimonio

Hemos de reseñar, que cuando se publicó esta noticia, miembros del Foro Cultural Provincia de El Bierzo (FCPB) se personaron el la citada iglesia y recorrieron su perímetro exterior sin ver ningún signo que se correspondiera con la noticia. Posteriormente hablaron con vecinos y con la oficina de turismo de Villafranca y antes de poder ponerse en contacto con el Sr. párroco nos llego un correo electrónico de esta persona en la que nos informaba en términos muy parecidos a lo que hoy publicamos. Ante esta situación remitimos un correo al Diario de León solicitando información y comunicándole nuestro desconcierto, sin recibir respuesta, tras ello no volvimos a tener ninguna noticia, a través de ningún medio sobre el tema.

Días atrás nos comunica esta persona su petición de que aclaremos, en la medida de lo posible, este asunto. Nosotros publicamos lo que sabemos y dejamos abierta la puerta a posteriores aclaraciones o matizaciones de quien corresponda.

En principio y a la vista de las informaciones, tal vez desde la asociación promonumenta se precipitaron en sus valoraciones, si no fuera así nos gustaría conocer cuales fueron los hechos.

Las fotos que publicamos corresponden a 1995 la primera (arriba, a la derecha) y el resto corresponden a hace pocos días, después de la denuncia de Promonumenta

A continuación copia de la noticia publicada en el Diario de León:

PATRIMONIO
Pro Monumenta denuncia destrozos en la iglesia berciana de San Esteban
La asociación de defensa del patrimonio leonés Pro Monumenta ha hecho público un comunicado en el que solicita «permisividad cero» en las agresiones contra el patrimonio. Una denuncia ilustrada con el caso reciente de los daños ocasionados «por algún cobarde -señalan en la nota-, que, aprovechando el anonimato que presta la noche, se ensañó con las gráciles formas de uno de los capiteles románicos de esa joya que es la iglesia de San Esteban de Corullón». «Le propinó varios golpes -continúa-, y allí han quedado las huellas de la cobardía». «Es lamentable que haya gente sin corazón y sin sensibilidad, que sea capaz de atacar la inocencia de unas piedras llenas de historia que no pueden defenderse ni denunciar a sus atacantes. Cuando no son golpes, son robos que quedan impunes. Mal está que vengan de fuera a despojarnos de nuestro patrimonio, pero lo que es inadmisible es que pueda ser nuestra gente la que efectúe esas agresiones contra nuestro arte y nuestra Historia. Los hechos ocurridos en Corullón deben inducir a nuestras autoridades a tomar medidas contra estos actos de vandalismo», manifiestan los responsables de Pro Monumenta en el comunicado.

miércoles 21 de noviembre de 2007

Javier Martínez Rodríguez (Presidente FCPB)

CON AIRE ACONDICIONADO

(Respuesta al artículo de D. José Luís Balboa de Paz públicado el Lunes 11 de Noviembre en su sección del Diario de León: "CON VIENTO FRESCO". Publicada el Martes 19 de Noviembre)

El pasado lunes, en la sección: “Con viento fresco” del respetado historiador e investigador berciano D. José Antonio Balboa de Paz, nos encontramos con un artículo en el que se hace una defensa a ultranza de la propiedad de las iglesia sobre los bienes depositados en los lugares de culto y por ende de esos mismos lugares. Posteriormente se despacha con unas críticas hacia el colectivo cultural que presido, el Foro Cultural Provincia de El Bierzo, acusándonos de no haber realizado nada en el terreno cultural.

Quiero, ante todo, mostrar mi respeto y admiración por el prolífico trabajo del Sr. Balboa: profesor de instituto, investigador, historiador, columnista y político en sus ratos libres, además de su sorprendente, por lo inagotable, capacidad editorial. Siempre he enviado la capacidad de compaginar la enseñanza -la cual, a mi juicio necesita de una dedicación casi plena, si se quiere ser justo con la responsabilidad que conlleva- con la publicación de decenas de estudios que, supongo requieren, por propia experiencia gran cantidad de tiempo.

Dicho esto he de mostrar mi total desacuerdo con el Sr. Balboa. Me sorprende que no sea capaz de diferenciar la propiedad legal de la propiedad moral. Efectivamente, Sr. Balboa, la propiedad legal pertenece, indudablemente, a la Iglesia Católica, pero es bien cierto y Vd. lo sabe que muchos de sus bienes, sino gran parte, son fruto de limosnas, donaciones e impuestos eclesiásticos, es por ello, que si bien puede, la Iglesia no debe actuar de espaldas al pueblo en la gestión de sus bienes. También me sorprende, que en su crítica hable de oídas, porque si leyó nuestra crítica hacia el traslado de la Virgen de la Edrada, comprendería que nunca se criticó el acto, si no el hecho de que no se informara del mismo a las autoridades responsables en el área patrimonial. Bien sabe usted o debería saberlo, que cualquier reforma que afecte a la estructura de un edificio y más si se trata de un inmueble protegido, por mínima que sea, debe llevar consigo la correspondiente licencia y/o autorización por parte de aquellas autoridades. El acto está bien, la manera muy mal. Y, no ponga en duda, que no lo ha hecho, el respeto que me merece D. Jesús Álvarez, cura párroco responsable de la iglesia de Santa María de la Edrada de Cacabelos, al cual conozco desde hace muchos años y del que estoy seguro que sus actos sólo se guían por la buena fe, pero la buena fe admite errores.

En cuanto a las criticas hacia la asociación que presido, tal vez a Ud. le parezca que la labor que realizamos desde hace escasos dos años, no contribuya en nada a la cultura de El Bierzo, pero he de decirle que es duro trabajar al margen de las subvenciones y del dinero público. El Foro Cultural nunca ha dependido, porque no ha querido, del habitual pesebrismo institucional del que adolece gran parte del “gremio” cultural de este país, no dudo que muchas de esas subvenciones sean bien utilizadas, pero muchas otras sirven para mantener a endiosados gurús. Tal vez le sorprenda que exista otra forma de hacer cultura que no sea amontonar libros, pero la denuncia de los atentados patrimoniales y de la vagancia institucional contribuyen tanto o más a evitar la malversación de nuestro patrimonio cultural.

Reciba un cordial saludo de nuestra parte y no dude que, desde la asociación que presido, estaríamos encantados de contar con su colaboración en un futuro.

jueves 1 de noviembre de 2007

VÍDEO SOBRE LAS REGIONES FRONTERIZAS (ENTRE ELLAS, EL BIERZO) CON LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
Vídeo de Rubén Pardiñas emitido por la TVG (Televisión Gallega) el 20 de Julio de 2007
Hay opiniones para todos los gustos, como debe ser, aunque desde una óptica gallega, debido, claro esta, al público al que está dirigido, pero no por ello deja de ser un buen e imparcial documental.
Si no lo puedes ver (tarda en cargar), puedes ir al enlace:http://video.google.com/videoplay?docid=8384521364641041210&q=fronteiras+docu&pr=goog-sl

Vídeo procedente del Blog: "Bergidum"http://www.articulosdeserxio.blogspot.com/